El 1 de agosto de 2024, el Comité Científico de Seguridad de los Consumidores (CCSC) publicó su dictamen sobre la seguridad del bifenil-2-ol y el 2-bifenilolato de sodio en productos cosméticos. Estos ingredientes, también conocidos como o-fenilfenol y o-fenilfenato de sodio, se utilizan habitualmente como conservantes. La evaluación se motiva por las preocupaciones sobre su posible clasificación como carcinógenos de categoría 2.
Bifenil-2-ol y 2-bifenilolato de sodio: antecedentes
El o-fenilfenol y su sal sódica han sido aprobados para su uso en cosméticos en concentraciones de hasta el 0,15 % en productos que no requieren aclarado y el 0,2 % en productos que se aclaran, de conformidad con el Anexo V del Reglamento (CE) n.º 1223/2009 sobre cosméticos. Sin embargo, evaluaciones científicas recientes, incluidas las opiniones del Comité de Evaluación de Riesgos (RAC) de la ECHA, han suscitado inquietudes sobre su seguridad debido a la posible carcinogenicidad del o-fenilfenol.
Bifenil-2-ol y 2-bifenilolato de sodio: marco regulatorio
La Comisión Europea solicitó al CCSC que evaluara la seguridad del o-fenilfenol y su sal sódica, tras la recomendación del RAC de clasificar el o-fenilfenol como carcinógeno de categoría 2. De acuerdo con el Reglamento (CE) nº 1223/2009 sobre productos cosméticos, las sustancias CMR de categoría 2 están prohibidas en los productos cosméticos a menos que el CCSC demuestre que son seguras.
Conclusiones del SCCS
El SCCS concluyó que el o-fenilfenol y el o-fenilfenato de sodio son seguros como conservantes en productos cosméticos en concentraciones de hasta el 0,2 % en productos que se enjuagan y el 0,15 % en productos que se dejan en el producto. No se identificaron preocupaciones científicas adicionales, siempre que se respeten estos límites de concentración.
Impacto en la industria cosmética
Esta opinión favorable permite el uso continuo de o-fenilfenol y su sal sódica como conservantes en cosméticos, dentro de los límites de concentración especificados. Los fabricantes de cosméticos deben revisar las formulaciones de sus productos para garantizar el cumplimiento de las recomendaciones del SCCS y estar preparados para posibles actualizaciones regulatorias después del período de comentarios públicos que finaliza el 27 de septiembre de 2024.
Conclusión
La evaluación del SCCS subraya la importancia de respetar los límites de concentración establecidos para garantizar la seguridad de los consumidores. La industria cosmética debe permanecer atenta a los cambios normativos y garantizar que los productos cumplan con las normas actuales y futuras.
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