En un movimiento innovador que subraya su compromiso inquebrantable con la seguridad del consumidor y la innovación responsable, la Unión Europea ha vuelto a dar un importante paso adelante en la regulación de los productos cosméticos. Con la presentación del Reglamento (UE) 2024/858 en la última edición del Diario Oficial, la UE ha actualizado su postura sobre el uso de nanomateriales en cosméticos, lo que afecta directamente a una variedad de ingredientes, desde copolímeros de estireno/acrilato hasta metales preciosos como el oro. y platino en sus nanoformas.
Esta regulación, cariñosamente denominada Omnibus Nano Regulación, introduce prohibiciones y especificaciones estrictas que no solo reflejan los últimos conocimientos científicos sino que también allanan el camino para una industria cosmética más segura y transparente.
Introducción al Reglamento Omnibus Nano
En el último paso legislativo, la Unión Europea ha introducido el Reglamento (UE) 2024/858, una actualización importante de la normativa sobre cosméticos existente que se centra en la gestión y el uso de nanomateriales específicos en la industria cosmética. Publicado el 15 de marzo de 2024 , este reglamento subraya el enfoque proactivo de la UE para salvaguardar la salud de los consumidores abordando los riesgos potenciales asociados con ciertos nanomateriales.
Nanomateriales bajo escrutinio: la lista de prohibidos
El Reglamento (UE) 2024/858 marca una postura decidida contra determinados nanomateriales, incorporándolos al anexo II , que enumera las sustancias prohibidas en los cosméticos. En particular, esto incluye varias formas de nanomateriales como copolímeros de estireno/acrilatos y estireno/acrilatos de sodio en nanoformas, junto con nanoformas de metales como cobre, plata, oro y platino, extendiéndose incluso a compuestos específicos como acetil heptapéptido-9 y acetil tetrapéptido. -17 en sus formas coloidales.
Equilibrando la innovación con la seguridad: pautas de uso restringido
El reglamento también modifica el anexo III para introducir restricciones a la hidroxiapatita en forma nano, estableciendo límites de concentración para su uso en pastas de dientes y enjuagues bucales. Esta medida tiene como objetivo prevenir una posible exposición pulmonar a través de la inhalación, subrayando el compromiso de la UE con la seguridad del consumidor sin sofocar la innovación.
Navegando por la transición: cronogramas de cumplimiento
Dado que el reglamento entrará en vigor el 4 de abril de 2024, la industria cosmética cuenta con un cronograma claro para garantizar su cumplimiento. Los productos que contengan las sustancias recientemente prohibidas no se permitirán en el mercado de la UE a partir del 1 de febrero de 2025, y la venta de dichos productos debe cesar antes del 1 de noviembre de 2025. Este cronograma también se aplica a los productos que contienen sustancias bajo las nuevas restricciones descritas en el Anexo III. .
Hacia un panorama cosmético más seguro
El Reglamento (UE) 2024/858 refleja la dedicación constante de la UE a la seguridad de los consumidores y la gestión responsable de los nanomateriales en los cosméticos . Al adherirse a estas regulaciones actualizadas, los fabricantes de cosméticos no solo garantizan el cumplimiento sino que también contribuyen a un panorama industrial más seguro y sostenible.
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