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  • Foto del escritorDaniel Jiménez

BORRADOR REGULATORIO QUE AMPLÍA EL LISTADO DE ALÉRGENOS DE DECLARACIÓN OBLIGATORIA

El 15 de septiembre de 2022, la Comisión Europea notificó el borrador regulatorio sobre el etiquetado de alérgenos de fragancias en productos cosméticos.

Este nuevo reglamento modificará el anexo III del Reglamento 1223/2009 sobre productos cosméticos, agregando ingredientes de fragancias adicionales sujetos a etiquetado y modificando algunos de los ya regulados en dicho anexo.


La lista de alérgenos de declaración obligatoria pasará de 25 a un total de 81.

También será necesario actualizar determinadas entradas de alérgenos existentes en el Anexo III del Reglamento CE 1223/2009 alineando los nombres comunes de las sustancias con los de la última versión del Glosario de Ingredientes Comunes al que se refiere el artículo 33 de dicho Reglamento, y agrupando sustancias similares en una sola entrada.


La adopción de este borrador regulatorio está prevista para el segundo trimestre de 2023.


No podrán introducirse en el mercado productos que no cumplan con los nuevos requisitos de etiquetado pasados 3 años desde la entrada en vigor.

No podrán comercializarse productos cosméticos que no cumplan con los nuevos requisitos de etiquetado pasados 5 años desde la entrada en vigor.


Se puede consultar el borrador de la futura lista de nuevos alérgenos en el siguiente enlace:


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