EUDR: Análisis Regulatorio de la Reforma Introducida por el Reglamento (UE) 2025/2650
- Daniel Jiménez

- hace 2 horas
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La publicación del Reglamento (UE) 2025/2650 en el Diario Oficial de la Unión Europea marca un punto relevante en la evolución operativa del Reglamento sobre productos libres de deforestación (EUDR – Reglamento (UE) 2023/1115).
Aunque la modificación no altera los objetivos fundamentales de la normativa — evitar que productos vinculados a la deforestación entren o salgan del mercado europeo — sí introduce cambios significativos en plazos de aplicación, alcance material y distribución de obligaciones dentro de las cadenas de suministro.
Desde una perspectiva de compliance, el elemento clave no es solo el retraso temporal, sino la señal regulatoria sobre cómo la Unión Europea pretende equilibrar sostenibilidad, trazabilidad y viabilidad operativa para operadores económicos.
Tabla de contenidos
Contexto Regulatorio: Simplificación Operativa sin Cambio de Objetivo Normativo
Ajuste de Calendario: Retraso para Implementación, No para Objetivos
Modificación del Alcance Material: Exclusión de Productos Impresos
Redistribución de Responsabilidades en la Cadena de Suministro
Simplificación Específica para Operadores Primarios Pequeños
Lectura Estratégica: Qué Señal Regulatoria Está Enviando la UE

Contexto Regulatorio: Simplificación Operativa sin Cambio de Objetivo Normativo
La revisión adoptada por el Consejo de la UE tiene como objetivo facilitar la implementación práctica del EUDR, manteniendo intacta su finalidad ambiental: garantizar que determinadas materias primas y productos derivados no estén vinculados a deforestación o degradación forestal.
La modificación responde principalmente a preocupaciones expresadas por Estados miembros y actores económicos sobre:
la carga administrativa del sistema de due diligence
el nivel de preparación de las autoridades y operadores
la disponibilidad operativa del sistema informático europeo
El resultado es una revisión “operativa”, no estructural: se ajustan mecanismos de aplicación sin modificar el núcleo del modelo regulatorio.
Ajuste de Calendario: Retraso para Implementación, No para Objetivos
Uno de los cambios más relevantes es el aplazamiento de la aplicación efectiva de las principales obligaciones.
El nuevo calendario establece la aplicación desde:
30 diciembre 2026 para operadores y empresas de mayor tamaño
30 junio 2027 para microempresas y pequeñas empresas existentes a 31 diciembre 2024
Este retraso busca permitir la adaptación de sistemas IT, procesos internos y mecanismos de trazabilidad tanto en operadores como en administraciones públicas.
Desde un punto de vista regulatorio, este tipo de retraso suele indicar un enfoque pragmático: asegurar cumplimiento efectivo antes que implementación formal prematura.
Modificación del Alcance Material: Exclusión de Productos Impresos
La reforma también introduce una modificación concreta en el alcance del Anexo I, eliminando determinados productos asociados al capítulo 49 del sistema arancelario, incluyendo libros, periódicos y otros productos impresos.
Esta exclusión responde a la evaluación de bajo riesgo de deforestación asociado a estos productos y se alinea con el objetivo de concentrar los recursos regulatorios en commodities con impacto real en deforestación global.
Para sectores editoriales y de impresión, esta modificación aporta seguridad jurídica directa al excluirlos formalmente del régimen de due diligence EUDR.
Redistribución de Responsabilidades en la Cadena de Suministro
La modificación también clarifica la distribución de obligaciones entre actores de la cadena.
El modelo mantiene la responsabilidad principal de due diligence en operadores que introducen el producto en el mercado, mientras que actores downstream mantienen obligaciones principalmente relacionadas con trazabilidad e información, reduciendo duplicaciones administrativas.
En términos regulatorios, esto refleja una tendencia cada vez más visible en legislación europea:centralizar obligaciones críticas en puntos clave de entrada al mercado, manteniendo obligaciones de trazabilidad para el resto de la cadena.
Simplificación Específica para Operadores Primarios Pequeños
La reforma introduce también mecanismos simplificados para micro y pequeños operadores primarios, incluyendo opciones de declaración simplificada y flexibilización de requisitos de geolocalización bajo determinadas condiciones.
Este enfoque refleja el esfuerzo legislativo por reducir barreras regulatorias desproporcionadas para operadores de menor tamaño sin debilitar el sistema global de trazabilidad.
Lectura Estratégica: Qué Señal Regulatoria Está Enviando la UE
Desde una perspectiva de regulatory intelligence, el mensaje es doble:
Por un lado, la UE reafirma el objetivo político y ambiental del EUDR.Por otro, reconoce la complejidad operativa global de implementar sistemas de trazabilidad forestal a escala internacional.
La modificación también introduce la obligación de revisión futura del impacto administrativo del reglamento, incluyendo evaluación específica sobre carga para operadores pequeños.
Esto sugiere que el EUDR seguirá evolucionando en fases progresivas.
Impacto Práctico para Empresas
El retraso temporal no debe interpretarse como una pausa regulatoria.
El EUDR sigue requiriendo, a medio plazo:
mapeo completo de cadenas de suministro
sistemas robustos de trazabilidad
gobernanza de datos verificable
procesos internos alineados con due diligence ambiental
El enfoque regulatorio europeo se mantiene claramente orientado hacia control del riesgo ambiental en toda la cadena de valor.
Conclusión Regulatoria
El Reglamento (UE) 2025/2650 no redefine el EUDR, pero sí redefine su implementación práctica.
Desde el punto de vista de compliance, el cambio más relevante no es el retraso temporal, sino la confirmación de un modelo regulatorio basado en:
trazabilidad completa
responsabilidad estructurada por niveles de cadena
supervisión progresiva basada en riesgo
El EUDR sigue siendo, en esencia, una de las normativas de trazabilidad ambiental más exigentes a nivel global.
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